Abogada de Comunidad Feliz: "El registro de copropietarios es sumamente importante"

En Doble Click, Ramón Ulloa, conversó con Claudia Poblete, abogada de Comunidad Feliz, sobre las medidas que pueden aplicar las comunidades para evitar ser víctimas de robos.

Abogada de Comunidad Feliz: "El registro de copropietarios es sumamente importante"

En Doble Click, Ramón Ulloa, conversó con Claudia Poblete, abogada de Comunidad Feliz, sobre las medidas que pueden aplicar las comunidades para evitar ser víctimas de robos.

En Doble Click, Ramón Ulloa, conversó con Claudia Poblete, abogada de Comunidad Feliz, sobre las medidas que pueden aplicar las comunidades para evitar ser víctimas de robos. 

Claudia Poblete enfatizó en que el registro de copropietarios "es sumamente importante, yo siempre soy súper majadera en ese tema, porque aparte para saber de quién vive en el piso 1, en el piso 2, en el piso 3, esto va en apoyo para el plan de evacuación, plan de emergencia, si es que en el piso, no sé, 13 vive una persona con movilidad reducida o un electrodependiente. Entonces, aparte de saber quién ingresa y quién sale del condominio, también me sirve por un tema de emergencia. Por eso es tan clave que esos datos se mantengan bajo resguardo de la administración y no se filtren, porque son datos personales protegidos por ley. Solo se pueden usar en caso de emergencia, no porque un vecino quiera saber quién vive en el departamento 32".


la abogada también mencionó la arista de los arriendos temporales “en una semana en un departamento pueden entrar cinco personas, tres personas, todos distintos. Entonces, ahí es el gran problema y ahí es donde las comunidades tienen que ver qué regulan en el reglamento de copropiedad y qué le piden a los propietarios para tener seguridad. Porque muchos departamentos los están utilizando para prostíbulos, venta de droga, o incluso arriendos por hora, que claramente no son arriendos temporales de turismo o vacaciones. Por eso algunas comunidades exigen que, por un tema de seguridad, el mínimo sea de dos o tres días, incluso cinco, para verificar que efectivamente se trate de arrendatarios de paso y no personas que vienen a cometer hechos delictuales".

también mencionó cómo actúan las leyes con esta disyuntiva "la Constitución establece que yo, como dueña de una unidad, no me pueden prohibir ni limitar el uso que le estoy dando. Entonces, si me restringen la cantidad de días para arrendar, se podría decir que me están limitando. Hay abogados que sostienen que es válido hacerlo por razones de seguridad, pero claramente puede generar un conflicto jurídico. Más allá de esa discusión, lo que dice el reglamento de la ley es que las limitaciones respecto de arriendos temporales tienen que ir en pro de la seguridad y el bienestar de los residentes permanentes. Y ahí hago un llamado: el vivir en comunidad es una responsabilidad compartida. Si el comité de administración los cita a asamblea, asistan, porque los cambios que se tomen serán en beneficio de toda la comunidad y de su seguridad.”

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