Desde este lunes 27 hasta el miércoles 29 de octubre estará habilitado el periodo para que los vocales de mesa que no puedan cumplir con su función puedan excusarse, siempre y cuando cuenten con una de las nueve causales establecidas por el Servel.
Desde este lunes 27 hasta el miércoles 29 de octubre estará habilitado el periodo para que los vocales de mesa que no puedan cumplir con su función puedan excusarse, siempre y cuando cuenten con una de las nueve causales establecidas por el Servel.
Este lunes se inició el plazo para que los designados como vocales de mesa en las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias del próximo 16 de noviembre puedan excusarse de dicha labor, siempre y cuando cuenten con una de las nueve causales establecidas por el Servel.
Desde este lunes 27 hasta el miércoles 29 de octubre estará habilitado el periodo para que los vocales de mesa que no puedan cumplir con su función presenten sus excusas. El procedimiento puede realizarse de manera presencial o mediante correo electrónico ante la Junta Electoral que corresponda.
Las personas podrán presentar alguna de estas nueve excusas, en caso de que no puedan ejercer la labor de vocal de mesa:
Ser designado miembro del colegio escrutador, en el caso de los vocales de mesa.
Estar ausente del país o radicado a más de 300 kilómetros de distancia.
Tener más de 70 años de edad.
Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días que las elecciones.
Personas embarazadas.
Padre o madre de un hijo menor de dos años, acreditado con el certificado de nacimiento del menor.
Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad, incluye a quienes se desempeñen en los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores (Eleam).
Tener que desempeñarse en otras funciones que encomiende la Ley sobre Votaciones Populares (N.º 18.700).
Cabe destacar que el incumplimiento de esta obligación está sujeta a sanciones, incluidas multas que varían entre 2 y 8 UTM, es decir, entre $138.530 y $554.120, aproximadamente.