En conversación con Ramón Ulloa en Doble Click, el Socio del Grupo Laboral de Albagli Zaliasnik, Jorge Arredondo, profundizó en los dos dictámenes de la Dirección del Trabajo que interpretan aspectos pendientes de la implementación de la jornada de 42 horas semanales, a partir del 26 de abril.
En conversación con Ramón Ulloa en Doble Click, el Socio del Grupo Laboral de Albagli Zaliasnik, Jorge Arredondo, profundizó en los dos dictámenes de la Dirección del Trabajo que interpretan aspectos pendientes de la implementación de la jornada de 42 horas semanales, a partir del 26 de abril.
En conversación con Ramón Ulloa en Doble Click, el Socio del Grupo Laboral de Albagli Zaliasnik, Jorge Arredondo, profundizó en los dos dictámenes de la Dirección del Trabajo que interpretan aspectos pendientes de la implementación de la jornada de 42 horas semanales, a partir del 26 de abril.
En cuanto a los planteamientos de la Dirección del Trabajo, el jurista comenzó afirmando que “yo creo que era necesario, primero, porque tenemos una nueva autoridad administrativa laboral. Teníamos además un programa de Gobierno del Presidente Kast que tenía ciertas aseveraciones respecto a la Ley de 40 Horas y yo creo que lo que hace el dictamen es fijar claramente que estamos frente a una política pública que va a entrar en vigencia en su segundo hito, que es el 26 de abril del de este año. El primer hito fue el 26 de abril del 2024. Y era bueno fijar claridad de que esta política pública no se va a variar, es decir, efectivamente vamos a pasar respecto a las personas que registran jornadas, es decir, que firman un libro de asistencia y que ponen su huella, van a pasar de 44 a 42 horas, y eso no está en duda de ninguna manera. Lo que también queda sumamente claro es que desde el 2024 al 2026, en el intertanto, se dictó una ley miscelánea. Porque no sé si te acuerdas que al principio hubo dudas a propósito de que algunas empresas rebajaron la jornada en 12 minutos, en la en la primera rebaja. Y eso es por una razón, porque la ley indicaba, la ley original, que cuando no existía acuerdo entre las partes de cómo se rebajaba esa hora, de 45 a 44, la hora debiese rebajarse proporcionalmente dentro de los días que se distribuía la jornada. La rebaja proporcional se distribuye entonces en 12 días”.
Consultado por si se requieren nuevos dictámenes en el futuro y en la próxima rebaja de 42 a 40 horas laborales, el abogado añadió que “los laboralistas siempre esperamos que salgan más dictámenes, obviamente. Yo creo que el camino está suficientemente claro, y estos dictámenes lo que te dicen es que efectivamente debiese seguirse la misma regla en el 2028, priorizar el acuerdo, y a falta de acuerdo, nuevamente las 2 horas nuevamente el término y nuevamente en días distintos. El segundo dictamen es un cambio de timón, perdón que lo ponga así yo, porque esta ley, la Ley de 40 Horas, no solo que rige para aquellas personas que registran jornada, que firman, que ponen su huella y que si trabajan la jornada pactada y la exceden tienen derecho a horas extras, esa es la famosa ley de 40 horas, a ese grupo de trabajadores le rige. El punto es que nuestra legislación laboral también contempla lo que se llama los trabajadores excluidos de jornada, que es lo que se viene normalmente a conocer como los artículos 22, es decir, aquellas personas que no tienen un tope ni máximo ni mínimo y que tienen en cierto modo una autodeterminación en la forma de prestación de los servicios. Lo que pasó es que la Ley de 40 Horas, en el 2024, redujo los supuestos de personas que pudieran estar con artículo 22. (...) En mi concepto, lo que se hizo es que ese inimaginable algún supuesto de trabajador que no tenga algún tipo de control funcional, porque la relación laboral per se es una relación bajo vínculo de subordinación y dependencia, donde el empleador ejerce facultades de control de dirección de supervisión. Entonces, lo que hace la nueva autoridad administrativa en este segundo dictamen del 16 de abril es reconfigura el concepto de fiscalización superior inmediata. Lo amplía un poco más”.
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