En una nueva edición de Doble Click, Ramón Ulloa conversó con Patricio Muñoz, subdirector de asistencia al contribuyente del Servicio de Impuestos Internos, sobre el inicio de la Operación Renta 2024 y las principales dudas que han surgido respecto al proceso.
En una nueva edición de Doble Click, Ramón Ulloa conversó con Patricio Muñoz, subdirector de asistencia al contribuyente del Servicio de Impuestos Internos, sobre el inicio de la Operación Renta 2024 y las principales dudas que han surgido respecto al proceso.
En una nueva edición de Doble Click, Ramón Ulloa conversó con Patricio Muñoz, subdirector de asistencia al contribuyente del Servicio de Impuestos Internos, sobre el inicio de la Operación Renta 2024 y las principales dudas que han surgido respecto al proceso.
Ante la novedad de los nuevos plazos a la declaración de impuestos a la renta, Muñoz declaró que “tenemos plazos distintos, tenemos una devolución anticipada para que declaran entre el 1 y 8 de abril que van a recibir su devolución el día 26, esto es un tremendo esfuerzo entre nuestra institución y tesorería porque en general estos procesos tan masivos los terminábamos procesando a finales de mayo. La segunda tiene que ver con la cantidad de personas que estamos esperando que declaren, entre personas naturales y empresas, un número de un poquito más de 4.770.000 personas y le estamos preparando propuesta a 3.900.000, por lo tanto cada vez es más fácil el proceso de declaración de renta”.
En cuanto a las personas que deben y no deben declarar el impuesto a la renta, Muñoz detalló que “las personas que tienen solo un empleador no tienen que declarar la renta, a no ser que tenga un beneficio tributario, es decir, son personas que están pagando un dividendo con intereses y por lo tanto hay un beneficio tributario ahí, ellos no, las personas que tuvieron más de un empleador o las personas que tuvieron un empleador y además prestaron servicios ellos si o si tienen que declarar la renta, porque puede ocurrir que esta prestación de un único servicio en particular los haya cambiado en el tramo de impuestos y por lo tanto van a tener que pagar algún impuesto adicional respecto de lo que el empleador ya le descuenta, todos los que han tenido más de una relación comercial que son personas naturales si o si deben ingresar a revisar su declaración de renta y las empresas por supuesto todas”.
Con respecto al camino y el cargo de la retención, Muñoz explicó que “como Servicio de Impuestos Internos no somos parte de esa retención en particular, sino que la obligación la tiene la Tesorería General de la República, nosotros le informamos cuánto dinero tiene que devolver a la persona y, a la vez, la Tesorería recibe esa información de los tribunales de familia para poder hacer la retención, por lo tanto si hay una persona que no le han pagado la pensión de alimentos de su hijo es importante que recurra a la institución formal, en este caso el Tribunal de Familia para que de aviso a la Tesorería a través del registro”.
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