En una nueva edición de Mesa Central, Iván Valenzuela conversó con Maximiliano Proaño, Subsecretario de Medio Ambiente, sobre la tramitación del Proyecto Dominga y la inhabilitación del Comité de Ministros por parte del Tribunal Ambiental.
En una nueva edición de Mesa Central, Iván Valenzuela conversó con Maximiliano Proaño, Subsecretario de Medio Ambiente, sobre la tramitación del Proyecto Dominga y la inhabilitación del Comité de Ministros por parte del Tribunal Ambiental.
En una nueva edición de Mesa Central, Iván Valenzuela conversó con Maximiliano Proaño, Subsecretario de Medio Ambiente, sobre la tramitación del Proyecto Dominga y la inhabilitación del Comité de Ministros por parte del Tribunal Ambiental.
Para iniciar la conversación, Proaño se refirió a la citación del gobierno al Comité de Ministros, para analizar el fallo del Tribunal Ambiental, y explicó que “el estándar que el fallo del Tribunal Ambiental imponía respecto a las inhabilidades, los deberes de abstención, era superior al meramente legal, al establecido en la Ley 19.880, artículo 12, donde se establecen los deberes de abstención (...) los ministros determinan inhabilitarse justamente para no abrir espacio en un posterior Comité de Ministros que sí vea el fondo del proyecto. El segundo punto es que deciden hacer una consulta a Contraloría sobre una interpretación administrativa (...) respecto de la presidencia del Comité de Ministros que debería operar”.
Sobre la reunión del 23 de diciembre convocada para abordar el cumplimiento de lo ordenado por la sentencia Tribunal Ambiental, la autoridad aseguró que “nosotros estamos cumpliendo este fallo de buena fe, (...) los desacuerdos que tengamos con el contenido de la sentencia se ejercen mediante herramientas que nuestro ordenamiento jurídico nos da que es el recurso de casación que en la forma y en el fondo interpusimos y que eso debera que esperar resultados”.
En relación a las dudas que plantea el Gobierno sobre la subrogancia del Comité de Ministros, el subsecretario aclaró que “hay dos hipótesis fundamentales acá, una, si opera simplemente el orden de precedencia, porque al inhabilitarme, opera luego sobre otros ministros, otras carteras (...) la segunda hipótesis que se le expone a Contraloría a interpretar es que el Comité de Ministros al ser un órgano colegiado especializado, lo que opera es la regulación específica respecto a su conformación, porque lo que define el Comité de Ministro es sobre los impactos en el medio ambiente, y por eso quienes lo integran, son quienes tienen opinión respecto al proceso propiamente tal”.
Finalmente, Maximiliano Proaño aclaró si existe o no un desacuerdo por parte de Gobierno en relación a la tutela del Tribunal Ambiental sobre el órgano colegiado, y respondió que “para nada (...) en recurso de casación nosotros ahí manifestamos nuestra convicción respecto de que el Comité de Ministros de enero de 2023 actuó respetando nuestra institucionalidad ambiental, respetando los informes técnicos y los pronunciamientos desde los distintos servicios, y además que nuestra ministra (...) se encontraba habilitada en el momento en el que emite su pronunciamiento”.
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