En una nueva edición de Así se escribe Chile en Doble Click, Ramón Ulloa conversó con los abogados constitucionalistas José Antonio Viera Gallo y Constanza Hube, sobre la aprobación de las normas de protección a la vida del que está por nacer y la objeción de conciencia individual e institucional.
En una nueva edición de Así se escribe Chile en Doble Click, Ramón Ulloa conversó con los abogados constitucionalistas José Antonio Viera Gallo y Constanza Hube, sobre la aprobación de las normas de protección a la vida del que está por nacer y la objeción de conciencia individual e institucional.
En una nueva edición de Así se escribe Chile en Doble Click, Ramón Ulloa conversó con los abogados constitucionalistas José Antonio Viera Gallo y Constanza Hube, sobre la aprobación de las normas de protección a la vida del que está por nacer y la objeción de conciencia individual e institucional.
Para iniciar la conversación, Viera Gallo abordó la aprobación de la norma que protege la vida del que está por nacer, indicando que “en el derecho, persona, según el código civil, es quien nace y sobrevive un instante. Lo que se protege es la vida, no se protege al feto, al embrión, se protege la vida. Ahora, evidentemente, la forma en que se proteja la vida tendrá que determinarlo la ley”.
En tanto, sobre este mismo tema, Hube enfatizó en que “yo creo que siempre se van a encontrar excusas para estar en contra de lo que se está haciendo (...). Desde mi perspectiva es bastante claro en asimilar la norma de “la ley protege la vida del que está por nacer” al “quien está por nacer”. Es darle quizás un mayor deferencia al concepto porque, en vez de hablar de una cosa, de hablar de una persona, de un ser humano”.
Por otro lado, Viera Gallo abordó la aprobación de la objeción de conciencia individual e institucional, sobre lo que señaló que “a mi me parece un disparate establecer objeción de conciencia en la constitución sin una reglamentación, sea individual o sea institucional, sea así, quiere decir que cualquier ser humano o cualquier institución (...) puede enarbolar la objeción de conciencia para no cumplir una norma”.
Por su parte, Hube recalcó que “la objeción de conciencia tiene que ver con un tema de conciencia, de religión, de decidir en contra de la propia conciencia. En ese contexto está puesta la objeción de conciencia que está aprobada por parte del Consejo Constitucional y, en esas circunstancias no me parece que pueda ser equiparable con una anarquía. Por otro lado, me parece importante tener en cuenta que el Tribunal Constitucional, con una mayoría de izquierda consideró constitucional el aborto en tres causales”.
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